Atlantique Packaging Norden GmbH
– Fecha: junio de 2014 –
Ámbito de aplicación/Celebración del contrato
Los encargos de empresas, en el sentido de lo dispuesto en el artículo 14 del Código Civil alemán (BGB), se ejecutarán exclusivamente con arreglo a las condiciones que figuran a continuación. Cualquier disposición que se aparte de las mismas deberá ser confirmada por escrito.
Precios
Los precios indicados en la oferta del contratista se aplican con la salvedad de que los datos del encargo en los que se basa la presentación de la oferta permanezcan inalterados, pero, como máximo, durante cuatro meses a partir de la recepción de la oferta por parte del cliente. El contratista tendrá derecho a adaptar su oferta a las nuevas condiciones en caso de que se produzcan variaciones en los costes de material y/o personal. El contratista deberá aportar pruebas de dichas condiciones modificadas. En el caso de los encargos con entrega a terceros, se considerará al comprador como cliente, salvo que se haya acordado expresamente lo contrario.
Las modificaciones posteriores solicitadas por el cliente, incluido el tiempo de inactividad de la maquinaria que estas provoquen, se facturarán al cliente. Se considerarán modificaciones posteriores también las repeticiones de pruebas de impresión solicitadas por el cliente debido a ligeras desviaciones respecto al original.
Se facturarán los bocetos, los borradores, las maquetaciones de prueba, las pruebas de impresión, las pruebas de corrección, las modificaciones de los datos facilitados o transmitidos y otros trabajos preparatorios similares solicitados por el cliente. Lo mismo se aplica a las transmisiones de datos (por ejemplo, a través de RDSI).
Pago
El pago deberá efectuarse sin deducción alguna, a más tardar 5 días laborables tras la recepción de la factura y la entrega de la mercancía. En caso de que las partes apliquen el procedimiento de abono, se aplicará la disposición anterior en el momento de la emisión del abono. Se considerará como fecha de pago entre las partes la fecha en que se abone el importe en la cuenta indicada por el contratista. La factura o la nota de abono se emitirá con fecha de la entrega, de la entrega parcial o de la disponibilidad para la entrega (deuda exigible, mora en la aceptación). En caso de que la nota de abono no se emita en el momento indicado anteriormente, para el cálculo de los plazos será determinante la fecha de entrega, de entrega parcial o de disponibilidad para la entrega (deuda exigible, demora en la aceptación).
En caso de prestaciones anticipadas extraordinarias, se podrá exigir un pago anticipado adecuado. La compensación con contrademandas del cliente solo será admisible en la medida en que dichas contrademandas hayan sido declaradas válidas por sentencia firme, sean indiscutibles o hayan sido reconocidas. El cliente solo podrá hacer valer derechos de retención en la medida en que su contrademanda y nuestra reclamación se deriven del mismo contrato. El derecho de retención mercantil previsto en el artículo 369 del Código de Comercio alemán (HGB) no es aplicable al cliente.
Si, tras la celebración del contrato, se pone de manifiesto que el cumplimiento de la obligación de pago se ve amenazado por la falta de solvencia del cliente, el contratista podrá exigir el pago por adelantado, retener la mercancía aún no entregada y suspender la continuación de los trabajos. El contratista también tendrá derecho a ejercer estas facultades si el cliente se encuentra en mora en el pago de entregas que se basen en la misma relación jurídica. Queda sin perjuicio lo dispuesto en el artículo 321, apartado II, del Código Civil alemán (BGB).
En caso de retraso en el pago, se deberán abonar intereses de demora. Esto no excluye la posibilidad de reclamar otros daños y perjuicios derivados de dicho retraso.
Si el cliente no abona el precio, incluidos los gastos accesorios, a más tardar tres días después de la recepción de la factura y de la entrega de la mercancía, de conformidad con el apartado II («Precios»), incurrirá en mora incluso sin que se le haya enviado un recordatorio. En caso de que las partes apliquen el procedimiento de abono, el cliente incurrirá en mora tres días después de la emisión del abono. Se aplicarán, mutatis mutandis, el apartado III, párrafo 1, frases 3 y 4.
En caso de que las partes hayan acordado el pago a plazos y el cliente incurra en mora en el pago de una cuota o de una parte no insignificante de la misma durante dos vencimientos consecutivos, o si, en un período que se extienda a lo largo de más de dos plazos, en el pago de las cuotas por un importe que alcance el valor de la cuota de dos meses, el contratista tendrá derecho a exigir al cliente el pago de la totalidad del importe pendiente de una sola vez. En tal caso, el contratista tendrá derecho a rescindir los plazos de pago —incluso en otras relaciones contractuales entre las partes— y a exigir el cumplimiento inmediato de las obligaciones.
Si el contratista reclama al cliente la devolución de la mercancía entregada con reserva, ello no supondrá la rescisión del contrato, salvo que el contratista emita una declaración en este sentido.
El contratista tendrá derecho a ceder a terceros los créditos derivados de la relación comercial con el cliente, de conformidad con las disposiciones legales.
Entrega
En caso de que se envíe la mercancía, el riesgo se transfiere al cliente en el momento en que el envío se haya entregado a la persona encargada del transporte.
Los plazos de entrega solo serán válidos si el contratista los confirma expresamente. Si el contrato se celebra por escrito, la confirmación de la fecha de entrega deberá realizarse también por escrito.
Si el contratista retrasa la prestación del servicio, el cliente solo podrá ejercer los derechos derivados del artículo 323 del Código Civil alemán (BGB) si el retraso es imputable al contratista. Esta disposición no implica ningún cambio en la carga de la prueba.
Las interrupciones operativas —tanto en la empresa del contratista como en la de un proveedor—, como por ejemplo: por ejemplo, huelgas, cierres patronales y cualquier otro caso de fuerza mayor, solo darán derecho a la rescisión del contrato cuando ya no sea razonable exigir al cliente que siga esperando; de lo contrario, el plazo de entrega acordado se prorrogará por la duración del retraso. No obstante, la rescisión solo será posible, como muy pronto, cuatro semanas después de que se produzca la interrupción de la actividad descrita anteriormente. En estos casos, queda excluida cualquier responsabilidad del contratista.
El contratista tendrá un derecho de retención, de conformidad con el artículo 369 del Código Mercantil alemán (HGB), sobre las plantillas de impresión y sellos, los manuscritos, las materias primas y demás objetos entregados por el cliente, hasta el cumplimiento íntegro de todas las deudas vencidas derivadas de la relación comercial.
El contratista se hace cargo de la recogida de envases en el marco de las obligaciones que le incumben en virtud del Reglamento sobre envases. El cliente podrá devolver los envases en las instalaciones del contratista durante el horario habitual de atención al público, previa notificación con la debida antelación, salvo que se le haya indicado otro punto de recogida o de entrega. Los envases también podrán devolverse al contratista en el momento de la entrega, si
salvo que se haya indicado al cliente otro punto de recogida o de entrega. Los envases solo se recogerán inmediatamente después de la entrega de la mercancía; en el caso de entregas posteriores, únicamente tras haberlo notificado con la debida antelación y haberlos puesto a disposición. Los gastos de transporte de los envases usados correrán a cargo del cliente. Si el punto de recogida o centro de recogida designado se encuentra más lejos que las instalaciones del contratista, el cliente solo correrá con los gastos de transporte que se habrían generado hasta las instalaciones del contratista. Los envases devueltos deberán estar limpios, libres de sustancias ajenas y clasificados por tipo de envase. De no ser así, el contratista tendrá derecho a exigir al cliente los costes adicionales que se deriven de su eliminación.
Reserva de propiedad
La mercancía suministrada seguirá siendo propiedad del contratista hasta que se hayan abonado íntegramente todas las deudas que el cliente tenga contraídas con él a la fecha de la factura. En caso de que las partes apliquen el procedimiento de abono, se aplicará la disposición anterior en lo que respecta a la fecha del abono. Si el abono no se realiza de conformidad con el apartado III, apartado 1, frase 3, será determinante la fecha de entrega, de entrega parcial o de disponibilidad para la entrega (deuda exigible, mora en la aceptación). El cliente solo estará autorizado a la reventa en el curso normal de sus actividades comerciales. Por la presente, el cliente cede al contratista sus créditos derivados de la reventa. El contratista acepta por la presente dicha cesión. A más tardar en caso de mora, el cliente estará obligado a indicar el deudor del crédito cedido. Si el valor de las garantías existentes a favor del contratista supera el importe total de su crédito en más de un 10 %, el contratista estará obligado, a petición del cliente o de un tercero perjudicado por el exceso de garantía del contratista, a liberar las garantías en la medida necesaria, a elección del contratista.
En caso de transformación o elaboración de mercancías suministradas por el contratista y que sean de su propiedad, se considerará al contratista como fabricante, de conformidad con el artículo 950 del Código Civil alemán (BGB), y conservará la propiedad de los productos en todo momento durante la transformación. En caso de que participen terceros en la transformación o el tratamiento, el contratista quedará limitado a una cuota de copropiedad equivalente al valor facturado de la mercancía sujeta a reserva de dominio. La propiedad así adquirida se considerará propiedad sujeta a reserva de dominio.
Reclamaciones/Garantías
El cliente deberá comprobar en todo caso y sin demora que la mercancía, así como los productos preliminares e intermedios enviados para su corrección, se ajustan a lo estipulado en el contrato. El riesgo de posibles errores se transfiere al cliente en el momento de la declaración de aptitud para la impresión o de aptitud para la fabricación, siempre que no se trate de errores que hayan surgido o que hayan podido detectarse únicamente durante el proceso de fabricación posterior a dicha declaración. Lo mismo se aplica a todas las demás declaraciones de autorización del cliente.
Los defectos evidentes deberán notificarse por escrito en el plazo de una semana a partir de la recepción de la mercancía; los defectos ocultos, en el plazo de una semana a partir de su descubrimiento; de lo contrario, quedará excluida la reclamación de la garantía.
En caso de reclamaciones justificadas, el contratista estará obligado y facultado, en primer lugar y a su elección, a subsanar el defecto y/o a realizar una entrega de sustitución. Si el contratista no cumple con esta obligación en un plazo razonable o si la reparación fracasa a pesar de repetidos intentos, el cliente podrá exigir una reducción de la contraprestación (descuento) o la rescisión del contrato (rescisión).
Los defectos en una parte de la mercancía suministrada no dan derecho a reclamar toda la entrega, salvo que la entrega parcial carezca de interés para el cliente.
En el caso de las reproducciones en color, independientemente del proceso de fabricación, no podrán reclamarse ligeras variaciones con respecto al original. Lo mismo se aplica a la comparación entre otras plantillas (p. ej., pruebas digitales, pruebas de impresión) y el producto final. Además, queda excluida la responsabilidad por defectos que no afecten al valor o a la aptitud para el uso, o que lo hagan de forma insignificante.
El contratista solo se hace responsable de las desviaciones en las características del material utilizado hasta el importe del valor del encargo.
Los suministros (incluidos los soportes de datos y los datos transmitidos) realizados por el cliente o por un tercero designado por este no están sujetos a ninguna obligación de comprobación por parte del contratista. Esto no se aplica a los datos que sean manifiestamente imposibles de procesar o ilegibles. En el caso de las transmisiones de datos, el cliente deberá utilizar, antes del envío, programas de protección contra virus informáticos que se ajusten al estado actual de la técnica. La copia de seguridad de los datos es responsabilidad exclusiva del cliente. El contratista tiene derecho a realizar una copia. No se podrán reclamar las entregas en exceso o en defecto de hasta un 10 % de la tirada solicitada. Se facturará la cantidad entregada.
Responsabilidad
- Quedan excluidas las reclamaciones del cliente por indemnización por daños y perjuicios y reembolso de gastos, independientemente de la causa jurídica en que se basen.
Esta exención de responsabilidad no se aplica
- en caso de daños causados de forma dolosa o por negligencia grave,
- en caso de incumplimiento por negligencia leve de obligaciones contractuales esenciales, incluso las establecidas por la ley
- Representantes o auxiliares ejecutivos del contratista; en este sentido, su responsabilidad se limitará a los daños medios, previsibles según la naturaleza del producto, típicos del contrato e inmediatos,
- en caso de que se produzcan daños culposos a la vida, la integridad física o la salud del cliente de
, - en caso de vicios ocultos de forma dolosa y de garantía asumida respecto a la calidad
de la mercancía, - en el caso de reclamaciones derivadas de la Ley de responsabilidad por productos defectuosos.
Prescripción: Los derechos del cliente en materia de garantía y indemnización por daños y perjuicios (apartados VI y VII) prescriben, con excepción de lo previsto en el apartado VII. 2. Las reclamaciones por daños y perjuicios mencionadas prescribirán al cabo de un año a partir de la entrega de la mercancía. Esto no se aplicará en caso de que el contratista haya actuado con dolo.
Prácticas comerciales: En las relaciones comerciales se aplican las prácticas habituales del sector de la imprenta (por ejemplo, no existe la obligación de entregar productos intermedios, como datos, litografías o planchas de impresión, que se hayan elaborado para la fabricación del producto final objeto del contrato), salvo que se haya especificado lo contrario en el encargo.
Archivado: Los productos que correspondan al cliente, en particular los datos y los soportes de datos, solo serán archivados por el contratista más allá del momento de la entrega del producto final al cliente o a sus auxiliares ejecutivos, siempre que así se acuerde expresamente y a cambio de una remuneración especial. En caso de que los objetos anteriormente mencionados deban asegurarse, deberá encargarse de ello el cliente, a falta de acuerdo al respecto.
Trabajos periódicos: Los contratos relativos a trabajos de carácter periódico pueden rescindirse con un preaviso de al menos tres meses, con efecto al final de un mes.
Derechos de propiedad industrial y derechos de autor. El cliente será el único responsable en caso de que, como consecuencia de la ejecución de su encargo, se vulneren los derechos de terceros, en particular los derechos de autor. El cliente deberá eximir al contratista de toda responsabilidad frente a reclamaciones de terceros derivadas de dicha vulneración.
Protección de datos: El contratista está autorizado a recabar, tratar y utilizar los datos generados en relación con el presente contrato, de conformidad con la Ley Federal de Protección de Datos, así como a transmitirlos a terceros en la medida en que sea necesario para el cumplimiento o la ejecución del contrato. Sin el consentimiento del cliente, el contratista no cederá a terceros los datos de este último con fines publicitarios, de estudio de mercado o de sondeos de opinión.
El contratista colabora con empresas de servicios de crédito y aseguradoras de crédito comercial. En caso de impago o retraso en el pago, el vendedor tendrá derecho a notificarlo a dichas entidades.
Lugar de cumplimiento, jurisdicción y validez: el lugar de cumplimiento y la jurisdicción para todos los litigios derivados de la relación contractual —incluidos los procesos relacionados con cheques, procedimientos por cheques, letras de cambio y documentos públicos, la sede del contratista. Se aplicará al contrato la legislación alemana. Queda excluida la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías. La eventual ineficacia de una o varias disposiciones no afectará a la validez de las demás disposiciones.